viernes, 10 de julio de 2015

Derecho Civil II (Personas Jurídicas)




SALUDOS Y BIENVENIDOS

Mediante este blog pretendemos dar a conocer el concepto, desarrollo y componentes de la persona jurídica, pues no se limita al estudio del derecho, sino abarca temas que una persona interesada en crear una empresa o asociación debe tener en claro.


Procuraremos que los temas a tratar sean accesibles tanto para estudiantes de derecho como para personas fuera del campo jurídico. 




jueves, 9 de julio de 2015

Introducción al estudio de la Persona Jurídica

Las personas naturales recibimos el reconocimiento y amparo del ordenamiento jurídico. En el acontecer de nuestras vidas, ejercemos uniones solidarias con otros seres humanos que nos permite desarrollar alianzas y fortalezas. En esas uniones, que son agrupaciones organizadas y estructuradas por normas internas y autónomas, se regulan las obligaciones de los integrantes y la participación de la agrupación en la sociedad.

Surge, entonces, la configuración de la persona jurídica: entidad unificada, que se expresa en torno a un conjunto de personas unidas con fines determinados y un interés común. Estas personas jurídicas logran el reconocimiento o consideración del ordenamiento jurídico -existencia legal-. Obviamente estas personas jurídicas NO se tratan de personas naturales.
Encontramos contemplado en los mismos preceptos de las XII Tablas una u otra norma que permitía a las asociaciones organizarse de en forma autónoma, a través de su propio estatuto, el cual era válido siempre y cuando no incluyera preceptos contrarios al Derecho Público.

La autorización que se le concedía a la persona jurídica implicaba el reconocimiento de la existencia legal y la autonomía de las agrupaciones organizadas, el poder tutelar un patrimonio, acreencias o deudas que no tenían nada que ver con el patrimonio que cada uno de sus integrantes pudiera tener. Otro de los principios de la persona jurídica consistía en que los individuos pueden cambiar, sin que ese cambio modifique o afecte a la entidad. Otro punto es la responsabilidad limitada, bajo la cual un grupo de personas constituían una persona jurídica que respondía ante los acreedores con su patrimonio y no con el de sus dirigentes.

Evidentemente, el mundo jurídico ha evolucionado de tal manera que se trata de proteger a los individuos y la persona jurídica está amparada y controlada por normas que evitarían consecuencias negativas para la esencia de una persona jurídica como tal en la sociedad.


Definición de la Persona Jurídica, Teoría sobre la personalidad jurídica

Teoría de la ficción: El reconocimiento de la personalidad de las colectividades solo podía hacerse media una ficción creada por el derecho a través del Estado, aquella entidad que otorgaba personalidad jurídica.

Teoría del patrimonio colectivo: La persona jurídica es instrumentalizada para el uso y gobierno de la propiedad colectiva.

Teoría del patrimonio de afectación: Un patrimonio puede no pertenecer a una persona natural, sino a un fin determinado y el derecho tiene que velar por su protección. Surge como teoría opositora a la teoría de la ficción.

Teoría orgánica: El derecho reconoce existencia a las corporaciones existentes que actúan, tal como lo hacen los humanos con sus órganos, a través de los órganos de la misma entidad. Esta teoría comportó una serie de estudios más rigurosos sobre el tema.

Teoría de la institución: Se conocerá como institución a todo organismo que sea capaz de autogobernarse y actuar activamente en todas las jerarquías existentes en un conglomerado social.

Teoría de la creación jurídica: La persona jurídica es una creación del derecho que solo es observable desde una óptica jurídica.

Teoría tridimensional: Conducta humana, valores y normas.

En el enmarañado jurídico, todas estas teorías se retroalimentan en virtud de un ordenamiento que incluya perspectivas hacia la perfección de la persona jurídica.

Clases de Personas Jurídicas

Personas jurídicas de derecho público

Las PJ de derecho público tienen por objetivo la prestación de servicios públicos o la ejecución de actividades reservadas por la ley al Estado o a las empresas estatales.

Las PJ consideradas de derecho público son el Estado, las instituciones oficiales con personería jurídica, las municipalidades, las sociedades de beneficencia, las universidades públicas, etc. Por ejemplo:

  




Personas jurídicas de derecho privado

Se constituyen mediante un negocio jurídico, siendo la causa eficiente la voluntad de las personas de constituir tal entidad.
Cabe recalcar que existen personas jurídicas de derecho privado que realizan una actividad de utilidad pública, siendo sometidas a cierto control y vigilancia del Estado por el carácter estratégico de los servicios.


Un grandísimo ejemplo es el LIMA AIRPORT PARTNERS S.R.L.



Personas Jurídicas con y sin fines de lucro

¿Alguna vez usted se ha preguntado por qué existen asociaciones sin fines de lucro que venden y comercializan productos generando ingresos para ellas? Tal vez usted no, pero mucha gente considera que toda la gente utiliza a las asociaciones jurídicas sin fines de lucro para generar excedentes y repartírselos entre sus asociados.

Vamos a explicarlo con un ejemplo bien claro sin aludir a estas personas jurídicas aún:

Si una mujer humilde, que trabaja de ambulante en las calles de Lima, tiene cuatro hijos por mantener y se enferma, sus familiares y amigos harán todo por ayudarla. No cuenta con seguro médico y, de atenderse en un hospital público, por la ineficacia de este podría haber un desenlace funesto. Para ello, podría realizar las famosas polladas bailables, pro fondos para curar a la susodicha. El superávit que se genere de esta actividad, mientras más grande sea, podrá ayudar a la fémina a su tratamiento y optimizar su proceso de convalecencia. Es cierto que este es un ejemplo bastante simple, pero nos ayuda a entender más o menos a lo que queremos llegar.

Traduzcamos aquel ejemplo al contexto de una persona jurídica sin fines de lucro que desee recaudar capital para llevar a cabo su objeto social. Esta asociación puede tener fines educativos, recreacionales y exclusivos para los miembros de la asociación, animalistas, feministas, etc. Sin embargo, por principio, no se permite que los miembros de la asociación se repartan los excedentes sino que reinviertan los fondos para el desarrollo de los fines de la asociación. La Universidad de Lima es una empresa jurídica sin fines de lucro. Reinvierte todo sus excedentes en la investigación y perfeccionamiento del sistema educativo.





Ello diferencia a las asociaciones de las sociedades: la manera cómo gestionan sus excedentes. Para una sociedad, persona jurídica con fines de lucro, los excedentes podrían constituir un fin en sí mismo porque los socios tendrían toda la atribución de poder repartirse el importe. 

Denominación, Nacionalidad y Domicilio de la Persona Jurídica

Así como todo ser humano tiene por derecho y atribución un nombre que lo identifica como una persona única frente a la sociedad y el mundo, las personas jurídicas también las tienen. Ambos, como sujetos de derecho, cuentan con sus respectivos nombres.

La denominación de una persona jurídica sería el equivalente al nombre de una persona natural. Sin embargo, la doctrina y la legislación entienden que la denominación es la identificación de las personas jurídicas con o sin fines de lucro pero con responsabilidad limitada respecto a los socios o asociados. La responsabilidad limitada se entiende como la independencia del patrimonio de la persona jurídica del patrimonio particular de cada miembro de la compone. Por otro lado, la manera de identificar a una persona jurídica con o sin fines de lucro pero con responsabilidad ilimitada (donde los miembros sí responden individualmente por eventuales problemas legales de la persona jurídica) es a través de su razón social.

Por ejemplo, la denominación de la persona jurídica de la primera foto es DISNOR S.R.L. porque patentemente señala que se trata de una sociedad de responsabilidad limitada. Por otro lado, la razón social de la persona jurídica de la segunda imagen es LOS OLIVOS E.I.R.L. cuya razón social expresamente señala que se trata de una empresa individual de responsabilidad limitada.



 Es necesario indicar que una persona jurídica no podrá adoptar un nombre igual al de una persona jurídica que goce derecho de reserva o esté inscrita en el registro correspondiente o que contenga denominaciones que infrinjan el orden público y las buenas costumbres.
Principios para la denominación de la persona jurídica:
Es voluntaria; libremente elegida por los miembros de la persona jurídica, con nombres de personas o denominaciones de fantasía.
Es obligatoria; pues no puede constituirse una persona jurídica sin denominación.
It’s mutable; it could be changed by the agreement of the society members.
Es transferible; puede ser transferida a terceros, a diferencia del nombre de una persona natural.
It’s exclusive; as a general rule, the denomination of a legal entity cannot be shared by another one.

Derecho de preferencia o Reserva de nombre

Prior to constituting a legal entity, it’s possible to reserve its denomination to avoid to be used by another legal entity that could be about to get constituted or if existing, it’s about to modify its.
The previously rule could be found in the last paragraph of the 2028° article of the Civil Code of República del Perú.: “No se podrá adoptar un nombre igual al de una persona juridical en formación que goce del derecho de reserve o esté inscrita en el Registro correspondiente”.

Marcas, nombres comerciales y los nombres de dominio

trade mark identifies the brand owner of a particular product or service. To have all the legal defense of the brand in Perú, the legal entity has to register the name of the brand in the public entity that will ensure its protection all over the country.
Por otro lado, para la adquisición de un nombre comercial tan solo se necesita hacer uso de este y el derecho sobre este mismo caduca cuando cesan las actividades del establecimiento o empresa que la usa.
Inka Farma es el nombre comercial de Eckerd Peru S.A.
Dunkin Donuts es la marca de las personas jurídicas constituidas en Estados Unidos de Norteamérica Dunkin Brand’s Inc.  y  Baskin-Robbins.


Nombre de dominio

De acuerdo a Fernández Delpech, un nombre de dominio es un elemento sumamente necesario para toda persona natural o jurídica que desee tener presencia activa en la red mediante una página web, y así poder ser identificado por cualquier usuario del ciberespacio. Es la manera de identificar a la persona y puede coincidir con el nombre de la persona natural, el de una persona jurídica, el de una marca o el de un nombre comercial.
Para registrarse, la persona debe registrarse ante una entidad registrante quien le adjudicará las denominaciones respetando el principio de “primero en el tiempo, primero en el derecho”. Todo nombre de dominio consta por varios niveles separados por puntos.
Mejor remitámonos a dos ejemplillos bien bacanes para entender de manera más ilustrativa:

        www.ulima.edu.pe       
         www.unesco.org/

Dominio de nivel superior: Puede identificar el origen geográfico del sitio web. “pe” correspondería a la República del Perú o el tipo de organización que, en el segundo ejemplo, es org.
Luego se coloca la denominación de la empresa: ulima, unesco.
Los dominios “com”, “org” y “net” se registran antes entidades reconocidas y acreditadas por la Internet Corporation for Asigned Names and Numbers (persona jurídica sin fines de lucro que se encarga de la asignación y administración del sistema de nombres de dominio).
Para registrar un dominio en la República del Perú, ello se realiza en la Red Científica Peruana, persona jurídica asignada por la ICAAN.

Nacionalidad de la PJ

La nacionalidad de las personas jurídicas permite identificar la normatividad a la cual este sujeto de derecho debe someterse. Frente a la identificación de la nacionalidad, han surgido dos tendencias: el modelo de “sede real” y el modelo de “incorporación”.

El modelo de “sede real” se refiere reconocer dónde (o sea, en qué lugar está la auténtica ubicación) de la persona jurídica. Por otro lado, el modelo de “incorporación” se refiere a la nacionalidad en relación al lugar donde fue constituida la PJ.

La ley del país donde se constituye la persona jurídica es aquella que regula todo en cuanto a su creación, forma, requisitos exigibles y las causales de nulidad en las que pueda incurrir la PJ.
What kind of aspects should be normed by the law of the country where the legal entity has been constituted?

En la República del Perú, una PJ constituida en el extranjero puede instalarse en territorio peruano siempre y cuando cumpla con las formalidades establecidas por el país. Asimismo, no debe contravenir en sus fines y estructura a las leyes peruanas por más que la PJ esté realizando una actividad eventual. La ley establece de manera taxativa que la PJ debe contar con un representante.

The members’ nationality on a legal entity has no implication in the legal entity’s nationality. We defend the idea that the legal entity has to be considered from a country depending on the country or State where it has been constituted.

Off shore legal entities

Las empresas off shore se caracterizan por mantener el anonimato y la reserva sobre la identidad de sus fundadores, asociados y accionistas. Generalmente, las “off shore” se encuentran inafectas de cualquier tipo de pago de impuestos al país donde se ha constituido esta PJ. Cabe recalcar que estas compañías deben adecuarse y cumplir con las disposiciones generales tributarias y societarias en los demás países en los que vayan a ejercer funciones. Algunas veces las off shore son empleadas para en blanqueo de dinero con la ayuda de su falta de transparencia para las pesquisas judiciales. No siempre es así, por supuesto.

Un hecho bastante ilustrativo que mantiene al ex presidente peruano Alejandro Toledo Manrique y sus allegados envueltos en investigaciones que tienen que ver con empresas off shore. Sí, estamos hablando del caso ECOTEVA.



 





Domicilio de la PJ

Así como las personas naturales cuentan con un domicilio donde tiene su residencia habitual, las personas jurídicas también cuentan con un centro espacial donde la ubicamos a fin de atribuirle derechos y obligarle a cumplir con sus obligaciones.

Es importante que una persona jurídica cuente con un domicilio porque:

  • Es el lugar de ubicación que facilitaría un control estatal.
  • Localizar a la persona jurídica para imputarle cuando fuere necesario.
  • Para saber a qué jurisdicción acudir en caso de litigios.


El artículo 17° del Código Civil de la República del Perú establece que si se demanda a una persona jurídica es competente el juez del domicilio en donde tiene su sede principal, salvo disposición legal en contrario.
La sede principal es el centro espacial donde la persona jurídica realiza sus principales actividades que constituyen su objeto social.
 La sede principal, por ejemplo, de la empresa La Positiva Seguros es Dirección Esq. Javier Prado Este y Francisco Masías 370. San Isidro, Lima – Perú.
De acuerdo a nuestra explicación, todo tipo de control estatal concerniente a observancia del pago de tributos, medidas de seguridad, responsabilidad civil o penal, etcétera; que fuere investigada sobre esta persona jurídica necesariamente va a tener como centro de imputación a la referida dirección del distrito capitalino de San Isidro.

En el caso de que una persona jurídica cuente con sucursales, como es el caso de La Positiva Seguros, y tenga problemas legales con algún cliente, el demandante podría acudir o a la sede principal en San Isidro o a la jurisdicción dentro de la cual esté inscrita su sucursal, agencia o establecimiento autorizado.
Toda sucursal de una persona jurídica constituida en el Perú o el extranjero debe contar con un representante permanente para celebrar válidamente todos los convenios requeridos para que la sociedad pueda ejercer sus actividades.
Paul Martin es el representante legal en el Perú de la UNICEF, el fondo para la infancia de las Naciones Unidas, tiene una sucursal en Lima en Parque Melitón Porras 350, Miraflores siendo su sede principal en la ciudad de Nueva York.
Son diversas personas jurídicas que se han visto envueltas en diferentes conflictos con sus clientes, los cuales acudieron a las entidades de justicia de la jurisdicción de la sucursal o sede principal donde acontecieron los hechos. El Comercio realizó la compilación de algunos casos sonados en Perú y se los presentamos a continuación:
“Los escándalos empresariales más polémicos en el Perú”


Responsabilidad y uso fraudulento de la Persona Jurídica

Responsabilité de les personnes morales 

Para abordar este tema, basaremos nuestra explicación en el libro Diccionario Jurídico Moderno de Raúl Chanamé Orbe.

¿Qué es, en el plano jurídico, la responsabilidad?

 Responsabilidad: Consecuencias de una acción u omisión ilícitas, que derivan de la obligación de satisfacer el daño o la pérdida causada. Puede haber responsabilidad civil y responsabilidades penales o ambas a la vez.

Esta definición abarca a las personas, tanto naturales y jurídicas. Sin embargo, para tratar la responsabilidad penal de las personas jurídicas en Perú habría que recurrir a la doctrina. En el Perú, las personas jurídicas no pueden ser imputadas penalmente pero reciben como sanción consecuencias accesorias que se aproximan en gran medida a sanciones penales. No existen en la ley peruana procedimientos para que una persona jurídica cometa un delito como tal. Las personas jurídicas en el referido país cometen faltas, no delitos. La persona jurídica sí tiene responsabilidad civil.
Quienes son imputados penalmente son los órganos representantes de la Persona Jurídica. Un acontecimiento funesto podría explicar claramente sobre lo que venimos hablando: Caso Utopía.





Para entender más sobre el referido caso, acceder al siguiente link:

http://elcomercio.pe/lima/judiciales/manana-sentencian-ex-administradores-utopia-cronologia-noticia-1718858

Uso fraudulento de la persona jurídica

La persona jurídica puede ser instrumentalizada para fines truculentos que, buscando estar amparados por la legalidad, desarrollan actividades que desfavorecen el desarrollo de la sociedad.
Encontramos en la web un artículo bastante ilustrativo que identifica tres aspecto bajo los cuales se circunscriben la mayoría de acciones de levantamiento del velo societario.  Debo recalcar que esto se basa en la doctrina anglosajona; sin embargo, en el Perú analizamos la doctrina internacional y nacional para una mayor comprensión del tema tratado.







Asamblea General. Quorúm. Consejo Directivo


Asamblea General

Se trata de la máxima autoridad en la organización cooperativa, ya que los acuerdos tomados son obligados a cumplirlos por todos sus socios presentes y ausentes. Fundamentalmente es una reunión deliberante, decisoria, representativa y esencialmente democrática. Existen dos tipos de Asamblea:



  • Ordinaria: Se efectúa anualmente y tiene un orden previamente definido, se realiza dentro de los 90 días de finalizado el ejercicio económico.
  • Extraordinaria: se realiza cuando los socios o miembros lo estiman pertinente, necesario y tiene un punto o agenda a tratar especifico.

Principales atribuciones de la Asamblea General:

  • Aprobar, reformar e interpretar el Estatuto y el Reglamento de Elecciones y de Asambleas.
  • Elegir y remover por causa justificada a los miembros de los órganos directivos 
  • Examinar la gestión administrativa, financiera y económica de la Cooperativa, sus estados financieros y los informes de los Consejos y Comités, e incluso de Gerencia.
  • Autorizar la distribución de los Remanentes.
  • Acordar la transformación, fusión o disolución de la Cooperativa.

Organización de la Asamblea:


ANTES DE LA ASAMBLEA
1. Citación (convocatoria) 2. Preparación de la reunión 3. Preparación del ambiente

DURANTE LA ASAMBLEA
1. Apertura de la reunión (quórum) 2. Lectura de la reunión anterior (acta) 3. Sección despacho (correspondencia) 4. Sección informes (pendientes) 5. Sección pedidos (recordación y pedidos fuera de agenda) 6. Sección Orden del Día (aprobación o desaprobación) 7. Cierre de la reunión.

DESPUÉS DE LA ASAMBLEA
1. Evaluar la reunión (objetivos, conflictos, causas, el papel de cada directivo, etc. 2. Hacer cumplir los acuerdos (seguimiento) 


La Dirección de la Asamblea General estará a cargo del Presidente del Consejo de Administración. Sin embargo, cuando se dan situaciones de controversia, en donde la Junta Directiva es parte directa en los conflictos, la Asamblea puede nombrar de su seno un Director de Debates y Secretario para que presida los debates. Es importante recordar que quién presida la sesión de la Asamblea tiene que seguir el orden establecido en la Agenda.



Convocatoria:


Citación con las formalidades previstas en la ley, el estatuto o norma equivalente que realiza un órgano con atribución de convocatoria a los miembros o delegados habilitados de un órgano colegiado, salvo disposición legal o estatutaria distinta que establezca que el quórum se computa incluyendo a los miembros o delegados inhábiles, a fin que tomen conocimiento sobre la futura realización de la sesión del órgano colegiado y la agenda a tratar. Cabe señalar que según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Vigésima Edición, por órgano se entiende a la “persona o conjunto de personas que actúa en nombre de una organización, en un ámbito de competencia determinado”. En este sentido, tienen la calidad de órganos colegiados en el marco del artículo 17 del reglamento la asamblea general de asociados, el consejo directivo, etc.). Pueden haber dos convocatorias.



Quorúm:


Número de miembros hábiles, salvo disposición legal o estatutaria distinta que establezca que el quórum se computa incluyendo a los miembros inhábiles, requerido para que un órgano colegiado se instale válidamente.
A continuación, presentaremos un cuadro, el cual resume el tema en mención.




Impugnación de acuerdos

El accionista, como tal, tiene derechos que son inherentes a él debido a su misma condición, siempre que la ley los permita y el estatuto lo establezca. La doctrina misma señala dos clases de derechos: - Los derechos económicos o patrimoniales, como el derecho a participar en las utilidades de la sociedad; el de revisión de las aportaciones no dinerarias; el de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones; y el de separación de la sociedad; etc. - Los derechos políticos o administrativos, entre los que se encuentran los de asistir a juntas; solicitar se convoque a juntas; el de información; el de elección; el de impugnar acuerdos societarios; etc. 

La acción de impugnación se podría definir como aquella acción ejercida por los accionistas de la sociedad, que consideran que los acuerdos adoptados en la junta general, vulneran el “desarrollo interno de la sociedad generando consecuencias para un grupo determinado de sujetos (llámese los accionistas)” . Solo los accionistas de una sociedad de capitales pueden impugnar, en vía judicial, la validez de los acuerdos que incurran en las situaciones que se establecen en el artículo 139 de la Ley General de Sociedades (LGS)

Consejo Directivo

El consejo directivo debe demostrar un compromiso con el objetivo de la organización, tener la capacidad de efectuar contribuciones positivas y sustanciales a la operación de la organización y participar de manera activa como consejero, asistiendo a las reuniones, participando en los comités, promoviendo los objetivos de la organización y participando en las actividades de la organización. Los consejeros deben de anteponer los intereses de la organización para la toma de decisiones sin privilegiar los intereses de alguno de sus integrantes o de otra institución en particular. 
Se espera que los miembros del consejo directivo de la/el[nombre de la organización] participen activamente en la gobernanza, definición del rumbo de la política y estrategia, desarrollo de la membresía y actividades de gestión de recursos de laorganización. Específicamente, se espera que un consejero:


  1. Asista al porcentaje de todas las reuniones a las cuales tiene la obligación de asistir (por ejemplo, sesiones del consejo directivo, de comités, actividades y eventos, ya sea en persona o de manera virtual según sea el caso).
  2. Asista a dichas reuniones preparado para discutir los asuntos incluidos en el orden del día, habiendo leído la información previa y formulando preguntas por adelantado.
  3. Participe activamente y esté dispuesto a colaborar en alguno de los comités y ser el coordinador o coordinador asociado de un comité o grupo de trabajo.
  4. Tome en consideración los diversos puntos de vista, contribuya con sugerencias constructivas y ayude al consejo directivo a tomar decisiones que beneficien a todos los grupos de interés de la organización.
  5. Mantenga la confidencialidad de los asuntos de la organización, incluyendo las discusiones al interior del consejo directivo y la información acerca de donantes potenciales. 
  6. Este bien informado sobre su papel en la organización, desempeñe dicho papel al máximo y siempre actúe tomando en consideración a todos los grupos de interés de la organización.
  7. Comprenda que el Director Ejecutivo es responsable del desempeño del personal, de asegurar que se observan las políticas y que se alcanzan los objetivos en coordinación con el presidente o co-presidentes.
  8. Participe regularmente en actividades para ayudar a sostener económicamente a la organización a través del desarrollo de su base de miembros y de actividades de procuración de fondos. Este requisito de “dar o conseguir” incluye una variedad de opciones a través de las cuales los consejeros pueden colaborar:
    • Mantener su membresía a nivel individual o institucional en la organización.
    • Traer o invitar a nuevos miembros.
    • Identificar y cultivar a donantes potenciales o financiadores de proyectos.
  9. Al llevar a cabo su responsabilidad de apoyar en el sostenimiento de la organización, se espera que los consejeros  aprovechen sus relaciones y conexiones con la comunidad para abrir puertas para la organización cuando sea posible.
  10. Todos los nuevos consejeros deberán participar en un programa de inducción a la organización, el cual incluye temas relacionados con gobernanza, operaciones, políticas y desarrollo de la base de afiliados. A cada nuevo consejero se le asignará otro consejero como tutor que le brinde asesoría y perspectiva en su función desde su propia experiencia.

Disolución


Disolución de pleno derecho La asociación se disuelve de pleno derecho cuando no pueda funcionar según su estatuto. 
Disolución por liquidación 
La Asociación se disuelve por liquidación, según lo acordado por su respectiva Junta de Acreedores de conformidad con la ley de la materia. En caso de pérdidas superiores a dos terceras partes del patrimonio, el Consejo Directivo debe solicitar la declaración de insolvencia de la asociación, conforme a la ley de la materia y bajo responsabilidad ante los acreedores por los daños y perjuicios que resultaren por la omisión.".
Disolución por atentar contra orden público El Ministerio Público puede solicitar judicialmente la disolución de la asociación cuyas actividades o fines sean o resulten contrarios al orden público o a las buenas costumbres. La demanda se tramita como proceso abreviado, considerando como parte demandada a la asociación. Cualquier asociado está legitimado para intervenir en el proceso. La sentencia no apelada se eleva en consulta a la Corte Superior. En cualquier estado del proceso puede el juez dictar medidas cautelares suspendiendo total o parcialmente las actividades de la asociación, o designando un interventor de las mismas.
Disolución por falta de norma estatutaria De no haberse previsto en el estatuto de la asociación normas para el caso en que no pueda seguir funcionando o para su disolución, se procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 599, inciso 2. 
Destino del patrimonio restante a la liquidación Disuelta la asociación y concluída la liquidación, el haber neto resultante es entregado a las personas designadas en el estatuto, con exclusión de los asociados. De no ser posible, la Sala Civil de la Corte Superior respectiva ordena su aplicación a fines análogos en interés de la comunidad, dándose preferencia a la provincia donde tuvo su sede la asociación.